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SOLICITUD DE RESIDENCIA PARA VIAJES

Revise desde aquí la ficha del procedimiento. Puede iniciar la tramitación telemática, así como la presencial, desde la sección "Tramitación".

¿PARA QUÉ SIRVE?

Dirigido a: Personas Físicas [X] Personas Jurídicas []

Unidad administrativa: Estadistica

Persona de contacto: Begoña Luis González

Para que tengo que iniciarlo: Para acreditar la nacionalidad española o de alguno de los países de la Unión Europea y la residencia en este término municipal, y así poder beneficiarse de las correspondientes bonificaciones en el tráfico aéreo o marítimo.


¿CÓMO LO INICIO?

Forma de iniciación: De Oficio[] A instancia de parte[X]

Plazo de presentación: En cualquier momento.

Requisitos previos: Que el solicitante esté inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes o lo haya estado con anterioridad.

Lugar de presentación: En el Registro General del Ayuntamiento, por correo postal ó a través del Registro Electrónico con DNI electrónico o certificado digital, así como a través de cualquiera de los medios recogidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común.


¿QUÉ TRIBUTOS O PRECIOS PÚBLICOS SON APLICABLES?

La tramitación electrónica será gratuita.

 

¿QUÉ OTROS TRÁMITES ESTÁN RELACIONADOS?

1.  Solicitud del certificado.

2.  Emisión del certificado.


¿QUÉ NORMATIVA ES APLICABLE AL PROCEDIMIENTO?

  • Real Decreto 1316/2001, de 30 de noviembre, por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y las Illes Baleares y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.

  • Real Decreto 1340/2007, de 11 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1316/2001, de 30 de noviembre, por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo, para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN ES NECESARIA PARA INICIARLO?
  • DNI, pasaporte, NIE o tarjeta de residencia del Solicitante.
  • En el caso de representación, DNI del representante y escrito de autorización del representado.

Tramitar telemáticamente

Puede iniciar la tramitación telemática (online) de este procedimiento desde el siguiente enlace: Iniciar tramitación telemática


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El procedimiento no está relacionado con ningún otro.

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