Dirigido a: Personas Físicas [X] Personas Jurídicas []
Unidad administrativa: Estadistica
Persona de contacto: Begoña Luis González
Para que tengo que iniciarlo: Para acreditar la nacionalidad española o de alguno de los países de la Unión Europea y la residencia en este término municipal, y así poder beneficiarse de las correspondientes bonificaciones en el tráfico aéreo o marítimo.
¿CÓMO LO INICIO?
Forma de iniciación: De Oficio[] A instancia de parte[X]
Plazo de presentación: En cualquier momento.
Requisitos previos: Que el solicitante esté inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes o lo haya estado con anterioridad.
Lugar de presentación: En el Registro General del Ayuntamiento, por correo postal ó a través del Registro Electrónico con DNI electrónico o certificado digital, así como a través de cualquiera de los medios recogidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común.
¿QUÉ TRIBUTOS O PRECIOS PÚBLICOS SON APLICABLES?
La tramitación electrónica será gratuita.
¿QUÉ OTROS TRÁMITES ESTÁN RELACIONADOS?
1. Solicitud del certificado.
2. Emisión del certificado.
¿QUÉ NORMATIVA ES APLICABLE AL PROCEDIMIENTO?
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Real Decreto 1316/2001, de 30 de noviembre, por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y las Illes Baleares y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
- Real Decreto 1340/2007, de 11 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1316/2001, de 30 de noviembre, por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo, para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.